Son autorretenedores los contribuyentes que hayan sido autorizados por la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como tales. Por lo general, por sus
características los Grandes contribuyentes son autorretenedores, aunque no
necesariamente, puesto que puede ser que algunas empresas catalogadas como
grandes contribuyentes no sean autorretenedores, y algunas empresas no
catalogadas como grandes contribuyentes sean autorretenedores.
En todo caso, le corresponde a cada contribuyente catalogado como
autorretenedor, especificar en las facturas que emita, su calidad de
autorretenedor.
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